1. INTRODUCCIÓN
“La condición primera de la acción es la libertad”
J. P, Sartre [[ Sartre, Jean Paul ; “El Ser y la Nada: Ensayo de Ontología Fenomenológica”, Altaya, Barcelona, 1993, página 459.]]
No cabe dudas, a nuestro entender, que uno de los presupuestos básicos de la libertad es la integridad psicofísica. Así, afectada la misma, cabe al Poder Judicial cuantificar el resarcimiento
del daño. Como sostiene Zannoni ,[[ Zanonni, Eduardo A .; “Significado y alcance de la cuantificación del daño”, Revista de Derecho de Daños, 2001–1, Rubinzal... >
»» Ver artículo completo
Una vez presentada por Internet la declaración jurada anual (CM05) de Convenio Multilateral por parte de un contribuyente que posee jurisdicción sede 902, ¿se debe hacer la presentación del informe con firma del contador en Rentas del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, o basta con la presentación vía internet?
Si el contribuyente tiene como jurisdicción sede a la Provincia de Buenos Aires no se debe presentar una certificación por contador público. Dicha obligación sólo rige para las sociedades regularmente constituidas que tengan como jurisdicción sede a... >
»» INICIAR SESIÓN
¿A partir de cuándo se comienzan a utilizar los nuevos coeficientes unificados?
De conformidad con lo establecido por la Resolución General Nº 1/2008 (C.A.) los contribuyentes –régimen general– aplicarán para la atribución provisoria de las respectivas bases imponibles correspondientes a los anticipos de enero a marzo del 2008 los coeficientes unificados correspondientes al período fiscal 2007, y a partir del 4º anticipo (abril que vence en mayo) se aplicará el coeficiente que surja del último balance cerrado en el año calendario inmediato anterior o se atenderá a... >
»» INICIAR SESIÓN
Una persona física actualmente inscripta en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desea inscribirse en el Régimen de Convenio Multilateral, ¿qué trámite debe hacer?
El contribuyente deberá solicitar la baja del Régimen Simplificado a través de la página web de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (A.G.I.P.) de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución Nº 13/2008 y luego deberá tramitar el alta en el Régimen de Convenio Multilateral mediante la presentación del formulario CM01 –generado... >
»» INICIAR SESIÓN
¿Qué formularios se deben utilizar para realizar una inscripción (alta) de un contribuyente en el impuesto sobre los ingresos brutos Convenio Multilateral?
El alta en el régimen de Convenio Multilateral se tramita mediante la presentación ante Rentas del formulario CM01, generado a través del programa aplicativo SD99.
Libro recomendado:
[Convenio Multilateral (Autora: Analía Santos Romero)->http://datos.aplicacion.com.ar/ecommerce2/vidriera.asp?lib=9789871099832] >
»» INICIAR SESIÓN
¿Cual es la entrada en vigencia de las nuevas formas de presentación de las declaraciones juradas del impuesto sobre los ingresos brutos tanto para los contribuyentes de Convenio Multilateral y para contribuyentes locales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires?
Para los contribuyentes de Convenio Multilateral es obligatorio el sistema SIFERE, versión 2.0 a partir del día 01/02/2008.
De acuerdo a lo establecido en la Resolución Nº 45/2008 los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán presentar vía web, a... >
»» INICIAR SESIÓN
¿A partir de cuándo es obligatorio el uso de la versión 2.0 de programa aplicativo SI.FE.RE.?
De conformidad con lo establecido por la Resolución General Nº 6/2007 (C.A.), la versión 2.0 del programa aplicativo SI.FE.RE. será de uso obligatorio para todas las presentaciones y pagos a efectuarse a partir del 1º de febrero del 2008, siendo opcional su uso para las presentaciones y pagos desde el mes de diciembre del 2007 y hasta la fecha indicada precedentemente. Asimismo, se establece que no serán válidas las presentaciones y/o pagos efectuados mediante la versión anterior... >
»» INICIAR SESIÓN
Un contribuyente (persona física) que está inscripto en Convenio Multilateral, siendo su jurisdicción sede C.A.B.A. (901), tiene que dar de alta dos jurisdicciones, Córdoba y Santa Fe, ¿cómo y dónde se realiza el trámite? ¿Es personal?
La incorporación de nuevas jurisdicciones se lleva a cabo mediante la presentación del formulario CM01 (por triplicado) y el Documento de Identidad ante Rentas de la jurisdicción sede. Dicho formulario se genera a través del aplicativo “SD 99”. El trámite es personal, si no va el contribuyente la firma de los formularios deberá estar... >
»» INICIAR SESIÓN
20 de noviembre de 2007
,por Santos Romero, Analía
Desde octubre, los contribuyentes locales porteños fueron incorporados al Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias del impuesto sobre los ingresos brutos (SIRCREB).
Dicho régimen recae sobre los importes acreditados en cuentas abiertas en entidades financieras.
Así quedó establecido mediante la [Resolución Nº 2.355/2007->http://www.dentrode.com.ar/engine/spip.php?article31475&var_recherche=2.355/2007] de la Dirección General de Rentas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
A través de la [Resolución Nº... >
»» Ver artículo completo
Un contribuyente que tiene un comercio minorista en la Provincia de Buenos Aires y que revende a otro comercio ubicado en la Provincia de Santa Fe en forma mayorista, ¿debe inscribirse en el régimen de Convenio Multilateral o debe considerar que al hacer la venta en el domicilio fiscal de la Provincia de Buenos Aires no estaría obligado a inscribirse en Convenio?
Si el contribuyente no tiene sustento territorial en la Provincia de Santa Fe, no está obligado a inscribirse en Convenio Multilateral. Cabe recordar que da sustento territorial la realización de cualquier gasto -sea o no... >
»» INICIAR SESIÓN
Un contribuyente que tiene saldo a favor en una jurisdicción y saldo a pagar en otra, ¿puede presentar y pagar ambas jurisdicciones en el banco como hacía hasta ahora, o debe presentar la que tiene saldo a favor por internet y la otra presenta y paga en el banco?
Si el contribuyente posee una jurisdicción con saldo a pagar –tratándose de un contribuyente común, no obligado a presentar por internet– puede optar por presentar y pagar en el Banco o presentar vía internet y pagar en el Banco.
La presentación por internet para los contribuyentes comunes es obligatoria a... >
»» INICIAR SESIÓN
Se debe generar una declaración jurada rectificativa del período 07/2007 ya abonado, a los efectos computar percepciones bancarias, quedando como consecuencia de esto un saldo a favor por el monto de las percepciones. ¿A los efectos de confeccionar la declaración jurada rectificativa, en qué rubro se informa el pago efectuado en la declaración jurada original para que la declaración jurada rectificativa arroje saldo a favor?
El importe abonado en la declaración jurada original se ingresa en la pantalla “Liquidación por jurisdicción” en la opción “Créditos del... >
»» INICIAR SESIÓN
Silvia R. Grenabuena elaboró un informe especial para aclarar las dudas que surgen sobre Convenio Multilateral. En esta oportunidad, publicaremos la segunda parte del informe: "Regímenes Especiales"
¿Quiénes están incluídos en los Regímenes Especiales?
Los sujetos que realicen las siguientes actividades quedan incluídas bajo este régimen:
|Construcción|
|Entidades de seguro, de capitalización y ahorro de crédito y préstamos no incluídos en el artículo 8|
|Entidades financieras|
|Transporte de pasajeros y cargas|
|Profesionales Liberales|
|Rematadores,... >
»» Ver artículo completo
¿En qué pantalla del programa aplicativo SIFERE se declara la recaudación que efectúa el banco por acreditaciones bajo el concepto de ingresos brutos C.A.B.A.?
A los efectos del cómputo de la recaudación que efectúa el banco por las acreditaciones en la cuenta bancaria, se deberá ingresar en el programa aplicativo SIFERE al ítem “Deducciones” y dentro de éste a la opción “Recaudaciones bancarias”.
Dicha pantalla solicitará los datos relativos al anticipo al cual se imputa, el C.U.I.T. de la entidad bancaria, la C.B.U., el tipo de cuenta, el tipo de moneda y el... >
»» INICIAR SESIÓN
Un contribuyente monotributista, que no realiza balance, ¿cómo liquida el impuesto sobre los ingresos brutos Convenio Multilateral en el régimen general? ¿Directamente aplica la alícuota a los ingresos de cada jurisdicción?
El primer año tributa por asignación directa. Luego, cuando al 31 de diciembre cuente con más de 90 días desde el inicio de actividades y posea ingresos y gastos en las jurisdicciones, se deberán calcular los coeficientes unificados en función de los ingresos y gastos determinados en el año calendario inmediato anterior. >
»» INICIAR SESIÓN
¿A partir de cuándo y en qué casos es obligatoria la presentación vía internet de la declaración jurada mensual de los contribuyentes del régimen de Convenio Multilateral (CM03)?
A partir del 1º de agosto de 2007 todos los contribuyentes de Convenio Multilateral deberán presentar mediante transferencia electrónica de datos –a través de la página de internet de la A.F.I.P. de la Comisión Arbitral- todas aquellas declaraciones juradas anuales (CM05) y mensuales (CM03), en las cuales el importe a depositar sea cero (0), es decir cuando se presente alguno de los siguientes... >
»» INICIAR SESIÓN
En los próximos días, vence el plazo para presentar la declaración jurada anual del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente a los contribuyentes encuadrados en el Convenio Multilateral (formulario CM05).
En exclusiva para eLeVe , la directora editorial de Aplicación Tributaria S. A., cdora. Silvia R. Grenabuena, elaboró un informe sobre los interrogantes más frecuentes.
Es importante destacar que, Grenabuena es autora de numerosos libros sobre temas impositivos. "Impuestos a las Ganancias y Sobre los Bienes Personales. Persona Física", "Impuestos a las Ganancias y a... >
»» Ver artículo completo
¿La declaración jurada anual del impuesto sobre los ingresos brutos Convenio Multilateral de una sociedad anónima con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debe ser presentada en Rentas acompañada de una certificación profesional?
De conformidad con lo establecido por la Resolución Nº 2.216/2006 (D.G.R.), las sociedades regularmente constituidas que liquiden el impuesto sobre los ingresos brutos bajo el régimen del Convenio Multilateral deben presentar en la delegación de la Dirección General de Rentas sita en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad... >
»» INICIAR SESIÓN
¿Para confeccionar la declaración jurada anual de Convenio Multilateral (CM05) se debe tener en cuenta y declarar los importes totales del año calendario que surgen del CM03 (al 31/12 de cada año) o declarar los totales que surgen del balance a la fecha de cierre del ejercicio de la empresa?
Al confeccionar la declaración jurada anual del impuesto sobre los ingresos brutos Convenio Multilateral, se deben informar en la pantalla “Resumen del período fiscal” el impuesto liquidado, la base imponible y las retenciones y percepciones sufridas en el año 2006 (importes que surgen... >
»» INICIAR SESIÓN
¿Todos los contribuyentes pueden presentar la declaración jurada CM03 y CM05 de Convenio Multilateral generada por el programa aplicativo SIFERE por internet? ¿Quiénes tienen que hacer obligatoriamente la presentación por Banco?
Para los contribuyentes comunes es optativa la presentación de la declaración jurada mensual (CM03) y anual (CM05) vía internet.
Los contribuyentes incluidos en el SICOM, los grandes contribuyentes para la Administración Federal de Ingresos Públicos y los contribuyentes obligados a la presentación mediante transferencia electrónica de datos... >
»» INICIAR SESIÓN
¿Las personas que ingresan al régimen de Convenio Multilateral también deben abonar anticipos mínimos, como los contribuyentes bimestrales de ingresos brutos de la Provincia de Buenos Aires cuyo anticipo mínimo es de $ 80?
En el régimen de Convenio Multilateral no hay importes mínimos a ingresar, se tributa sobre base imponible por alícuota y si en un mes el contribuyente no tiene ingresos no abona anticipo. >
»» INICIAR SESIÓN